El fraude bancario en Chile llegó a octubre de 2026 con tres frentes abiertos al mismo tiempo: una cifra de reclamos que en solo seis meses ya equivale a casi el 70 por ciento de todo el año anterior, un proyecto de ley que busca cambiar quién responde por las pérdidas, y una secuencia de sentencias que obliga a los emisores de tarjetas a probar lo que alegan. Este artículo reúne los datos publicados hasta el 15 de octubre por medios especializados, tribunales y organismos del sector, y los cuenta en forma de crónica, con las diferencias entre fuentes señaladas donde aparecen. Así se reconstruye el fraude bancario en Chile tal como lo ven hoy reguladores, jueces, bancos y usuarios. Una advertencia de método antes de empezar. Las cifras del fraude bancario en Chile provienen de instituciones que no miden lo mismo: el SERNAC cuenta reclamos de consumidores, la Comisión para el Mercado Financiero recoge reportes de las entidades, el Banco Central estima pérdidas y las consultoras privadas procesan esos datos con sus propios criterios. Por eso dos números pueden parecer contradictorios sin serlo, y el texto indica en cada caso quién los publica y qué cuenta. La foto del fraude bancario en Chile en el primer semestre de 2026 El dato más citado es el que difundió el medio Chócale junto con la consultora ExpertsFraud. Entre enero y junio de 2026 se registraron 451.548 avisos por transacciones no reconocidas, de los cuales 206.839, es decir el 45,8 por ciento, se convirtieron en reclamos formales. Esa cifra equivale al 69,8 por ciento de los 296.302 reclamos de todo 2025, de modo que el fraude bancario en Chile avanza a un ritmo que, de mantenerse, superaría con holgura al año anterior. Casi cinco de cada diez afectados completaron el proceso formal, un porcentaje que muestra que muchas víctimas aún no llegan hasta el final del trámite. Por tipo de entidad, la mayor parte se concentra en la banca comercial, con 186.557 reclamos, seguida por las fintech, con 9.985, el retail financiero, con 8.217, y las cooperativas, con 2.080. El medio que publicó el análisis aclara que atribuye los datos a su propia revisión con la consultora y que no los cita como cifras oficiales de la CMF ni del SERNAC, un matiz que conviene tener presente al compararlos con estadísticas regulatorias. Débito, crédito y transferencias: dónde se concentra el fraude bancario en Chile La distribución por medio de pago cuenta una historia clara. Las tarjetas de débito acumularon 104.971 reclamos por 25.549 millones de pesos, con un alza de 101,5 por ciento frente al primer semestre de 2025, cuando fueron 52.083. Las tarjetas de crédito sumaron 78.165 reclamos, que representan el mayor monto del semestre, 39.147 millones de pesos, con un aumento de 20,5 por ciento respecto de los 64.866 del año anterior. Más atrás aparecen las transferencias electrónicas, con 21.611 reclamos, las tarjetas prepago, con 8.277, y los cajeros automáticos, con 8.173. Que el débito haya duplicado sus reclamos es una señal relevante para el fraude bancario en Chile, porque ese instrumento mueve directamente el dinero de la cuenta corriente o de la cuenta vista de las personas, sin el colchón de plazo que ofrece el crédito. El monto total reclamado en la banca fue de 88.960 millones de pesos, una cifra que da una dimensión económica al fenómeno, aunque el propio análisis advierte que el número de reclamos de cada banco depende en parte del tamaño de su base de clientes. Los bancos con más reclamos y el fraude bancario en Chile en las fintech BancoEstado encabeza la lista, con 70.088 reclamos y el mayor monto, 25.968 millones de pesos, seguido por Banco Falabella, con 48.289 casos, y por Banco Santander, que figura con 17.967 millones de pesos en la comparación por monto. La entidad pública, además, estimó según medios especializados que sus pérdidas por fraude con tarjetas superarían los 20 millones de dólares durante 2026 y rondarían los 400 millones de dólares en cinco años, un cálculo que difundió El Dínamo a fines de septiembre. La novedad del semestre está en las fintech, que registraron 9.985 reclamos, un aumento de 255 por ciento frente al año anterior. Tenpo concentra 8.007 casos, desde 2.310, y Mercado Pago pasó de 221 a 1.490. En el retail financiero lidera Cencosud Scotiabank, con 4.370 reclamos, seguido por La Polar, con 1.236, y Lider Bci, con 1.130. El fraude bancario en Chile, por lo tanto, ya no es un asunto exclusivo de los bancos tradicionales: se desplaza hacia los actores nuevos, donde la rapidez de apertura de cuentas y de pagos también facilita el trabajo de los estafadores. El fraude bancario en Chile según el SERNAC y según los bancos Para tener una referencia de otro organismo, el SERNAC recibió 20.880 reclamos por fraudes relacionados con bancos y retail financiero en 2025, según El Dínamo, de los cuales 13.990, el 67 por ciento, correspondieron a bancos. Los tres con más quejas fueron BancoEstado, Banco Falabella y BCI, y julio fue el mes con más reclamos. El año anterior, según otra nota, el servicio había recibido 19.834 reclamos por fraudes financieros, con un alza de 109 por ciento respecto de 2023. Las cifras del SERNAC son mucho menores que las del primer semestre de 2026, porque miden cosas distintas: aquí se cuentan reclamos presentados ante el servicio y allá reportes de transacciones no reconocidas en las entidades. Banco Falabella, por ejemplo, respondió que sus 2.188 reclamos ante el SERNAC equivalen al 0,05 por ciento de sus clientes, con más de 2,7 millones de tarjetas de crédito y 1,8 millones de débito activas. Es un argumento legítimo sobre proporciones, aunque no cambia la dimensión del fraude bancario en Chile en el conjunto del sistema. Dicho de otro modo, el fraude bancario en Chile se puede medir de muchas formas, y todas apuntan hacia arriba. El marco legal del fraude bancario en Chile, que se movió varias veces Para entender el debate actual hay que mirar la ley. La norma de fondo es la Ley 20.009, que regula la limitación de responsabilidad de los usuarios frente a fraudes, robos o extravíos con tarjetas y transacciones electrónicas, y que fue reforzada por la Ley 21.234 en 2020 y modificada otra vez en 2024. Bajo ese régimen, el emisor debe devolver o cancelar los cargos dentro de plazos breves y, si quiere sostener que el cliente actuó con dolo o culpa grave, debe probarlo ante el Juzgado de Policía Local. Una fuente periodística llama Ley de Fraudes a la norma vigente desde mayo de 2024 y le asigna el número 21.673, mientras que otra publicación jurídica describe esa misma ley como la del sobreendeudamiento; la diferencia de rótulos se debe a que las reformas de 2024 tocaron ambos temas. En materia de montos, el Ministerio de Hacienda decidió en diciembre de 2025, mediante el decreto 473 exento, mantener en 35 UF el umbral de restitución, que es el techo permitido, ya que la ley autoriza fijarlo entre 15 y 35 UF. La nota de enero de 2026 lo traduce en poco más de 1,38 millones de pesos. El decreto argumenta que todavía no existe una trayectoria suficientemente extensa con la regulación complementaria de 2024 como para modificarlo, y que las pérdidas por fraude habían bajado desde su máximo de marzo de 2024, cuando superaron los 70.000 millones de pesos, hasta menos del 20 por ciento de ese pico a diciembre de ese año. La Asociación de Bancos lamentó la decisión y sostuvo que un tope de 15 UF habría sido más eficaz para frenar los autofraudes. El gremio también afirma que la tasa de fraude es tres veces mayor que antes de los cambios de 2020 y más de seis veces y media la de la Unión Europea. Son cifras de una parte interesada, y el texto las presenta como tal. La reforma del fraude bancario en Chile que se discute ahora El punto más caliente del fraude bancario en Chile es el proyecto ingresado el 9 de septiembre de 2026 como parte de la reforma al mercado de capitales, que se tramita con suma urgencia. Según el análisis de los abogados Luca Martino y Marco Antonio Orellana, publicado el 9 de octubre, la iniciativa reemplaza la culpa grave por la culpa leve como umbral para que el usuario cargue con la pérdida y presume esa culpa cuando la operación se autenticó con autenticación reforzada. El cambio es sustancial. Hoy el banco debe probar el dolo o la culpa grave del cliente, ya sea de forma directa o mediante las presunciones de la ley. Con la reforma, bastaría con acreditar una conducta menos exigente y, cuando hubo doble factor, la carga de la prueba se inclinaría hacia el usuario. La Asociación de Bancos respaldó la propuesta ante la Comisión de Hacienda el 29 de septiembre, mientras que diputados oficialistas anunciaron que rechazarán ese capítulo, y otras reacciones políticas, como la del partido UDI, también cuestionan los cambios propuestos por el Gobierno. Los autores del análisis proponen contrapesos: que la presunción no se aplique cuando la autenticación se basó solo en conocimiento o posesión, que el emisor solo pueda invocarla si cumplió sus deberes de monitoreo y límites, que la pérdida se reparta en toda la cadena, incluidas las empresas de telecomunicaciones, y que el estándar se revise en un plazo fijo. Por ahora son planteamientos de opinión, no parte del texto en discusión, y el resultado legislativo sigue abierto. Lo que está en juego es quién paga el costo del fraude bancario en Chile. Autenticación reforzada: la regla que cambió en agosto Una pieza técnica clave del fraude bancario en Chile es la Norma de Carácter General 538 de la CMF, que exige desde el 1 de agosto de 2026 autenticación reforzada de al menos dos factores de categorías distintas en operaciones sensibles. Alcanza a bancos, emisores, cooperativas fiscalizadas y fintech reguladas. Un análisis del sector sostiene que la banca enfrenta ese año tres marcos que convergen: la Ley 21.663 de infraestructura crítica, que califica a los bancos como operadores de importancia vital y exige alertar un incidente a las tres horas; la NCG 538; y la ley de datos personales, cuya fecha legal es el 1 de diciembre de 2026, aunque un proyecto en el Senado propone postergarla a 2027. Esta combinación de normas explica por qué la presunción de culpa por autenticación reforzada es tan polémica. Si el sistema de dos factores depende de elementos que un estafador puede obtener mediante engaño, como una clave dinámica enviada por mensaje o una confirmación por WhatsApp, presumir culpa del cliente puede resultar injusto. El Banco Central, según la referencia citada en el análisis jurídico, informó que la tasa de fraude volvió a subir en el primer semestre de 2026, y otra fuente le atribuye pérdidas por unos 98 millones de dólares en operaciones digitales fraudulentas en banca durante ese periodo. Los tribunales y el fraude bancario en Chile: quién prueba qué Mientras el Congreso discute, los tribunales siguen aplicando la ley vigente, y sus fallos son una guía de cómo se interpreta el fraude bancario en Chile en la práctica. El 14 de octubre se conoció una resolución de la Corte de Apelaciones de Rancagua, que confirmó por unanimidad una sentencia que ordenó a Banco Santander devolver 3.421.340 pesos por retiros y compras no autorizados. La Corte señaló que el banco debía probar que las operaciones fueron consecuencia exclusiva del dolo o la culpa grave del cliente y que el simple registro de las transacciones no basta. Además, el banco no entregó el historial de cuenta que habría mostrado si las operaciones eran irregulares respecto del comportamiento habitual del cliente, ni acreditó haber enviado alertas por transacciones desconocidas o sucesivas. Otro caso, resuelto a fines de julio por la Corte de Apelaciones de Santiago, involucró a CMR Falabella. Tras el robo de su teléfono, una clienta sufrió una estafa telefónica en la que un tercero hizo siete operaciones por 2.499.810 pesos, y la empresa le reclamaba 1.534.911 pesos. La Corte acogió el recurso de protección, ordenó suspender cobranzas e intereses, eliminar los reportes de morosidad y rehabilitar la tarjeta mientras un juzgado de policía local decide si hubo culpa grave. Calificó la conducta de la empresa como autotutela, es decir, imponer unilateralmente su decisión, y la consideró ilegal y arbitraria. La decisión fue por mayoría, con un ministro que consideró que el recurso de protección no era la vía adecuada. La jurisprudencia, sin embargo, no es uniforme. El análisis jurídico recuerda que la Corte Suprema ha dicho que la ley no exige que se vulneren los sistemas del banco, que la entidad está mejor posicionada para controlar el riesgo, y que en un caso contra Itaú eximió a una clienta de restituir 1.168.252 pesos porque el engaño daba apariencia de normalidad. Pero también hay sentencias que han condenado a clientes víctimas de estafas por culpa grave. Esa dispersión explica por qué la reforma, si prospera, tendrá efectos muy concretos en los litigios sobre el fraude bancario en Chile. Las modalidades que hoy dominan el fraude bancario en Chile El fraude bancario en Chile no se explica solo por normas y cifras, sino por la forma en que operan los delincuentes. Las fuentes del sector destacan el phishing, en el que los atacantes se hacen pasar por bancos, empresas o instituciones públicas mediante llamadas, mensajes, correos o sitios falsos para robar credenciales, y el intercambio fraudulento de tarjeta SIM, mediante el cual toman el control del número telefónico de la víctima y piden al banco recuperar sus claves. A ello se suman el robo de teléfonos, como en el caso de CMR, y las estafas con confirmaciones por WhatsApp. La inteligencia artificial agrega otro componente. Un estudio de Experian, citado con motivo del Cyber Monday, indica que la mayoría de los chilenos recibió al menos un intento de fraude en el último año, que cerca de dos tercios conocen a alguien que fue víctima y que alrededor de cuatro de cada diez personas expuestas a un intento terminaron siendo víctimas. Más de la mitad no confía en poder reconocer contenido generado o alterado con inteligencia artificial. Otro análisis del sector estima que los intentos de ingeniería social subieron 155 por ciento interanual en la región. Cyber Monday y las fechas de mayor riesgo del fraude bancario en Chile El calendario comercial también influye en el fraude bancario en Chile. El Cyber Monday comenzó el lunes 5 de octubre, con una proyección de la Cámara de Comercio de Santiago de unos 460 millones de dólares y 4,5 millones de transacciones, dentro de un comercio electrónico estimado en 10.500 millones de dólares para 2026. Las recomendaciones habituales son comprar en sitios conocidos con certificados visibles, desconfiar de ofertas que llegan por enlaces en correos, mensajes o redes sociales y verificar el sitio oficial antes de pagar. Las fechas de alto consumo, como las que vienen hacia fin de año, suelen coincidir con picos de reclamos. Por eso los especialistas recomiendan a los bancos afinar el monitoreo antes de esos periodos y ensayar sus procedimientos de incidentes, y a los usuarios activar alertas de transacciones, revisar movimientos con frecuencia y no entregar claves ni códigos por ninguna vía. Esa higiene digital sigue siendo la primera defensa frente al fraude bancario en Chile. Qué hacer ante un fraude bancario en Chile Más allá del análisis, hay una pregunta práctica que muchas víctimas del fraude bancario en Chile se hacen: qué pasos seguir. Según el marco legal descrito, el usuario debe avisar a su banco o emisor cuanto antes para bloquear el instrumento, presentar el reclamo y la denuncia que la ley exige, y esperar la devolución o cancelación de los cargos dentro de los plazos legales, que en el caso de la restitución hasta 35 UF son de diez días hábiles, con siete días adicionales para el excedente. Si el emisor no acredita culpa, debe devolver todo en tres días. Si el banco se niega, los fallos citados muestran que existen vías judiciales, desde el juzgado de policía local hasta el recurso de protección, y que los tribunales han exigido a las entidades pruebas concretas, como el historial de operaciones y los registros de alertas. Nada de esto sustituye la asesoría de un abogado, y el texto se limita a describir lo que dicen las fuentes. Lo que no se sabe y lo que conviene seguir Quedan datos por aclarar. El monto total de pérdidas del fraude bancario en Chile en 2026 no tiene una cifra única: las fuentes hablan de 88.960 millones de pesos en reclamos bancarios y de unos 98 millones de dólares en pérdidas según el Banco Central, y no es seguro que midan lo mismo. Tampoco se conoce el desenlace del proyecto de reforma, ni si el capítulo sobre culpa leve sobrevivirá la tramitación. Y la numeración de las leyes aparece de forma distinta según la publicación, un detalle que conviene verificar con las fuentes oficiales antes de citarlo. Para quien siga el tema, hay tres variables que vale la pena observar: la votación del capítulo de fraudes en la reforma al mercado de capitales, la evolución semestral de los reclamos a medida que la NCG 538 despliegue sus efectos, y la jurisprudencia de las cortes sobre la carga de la prueba. El fraude bancario en Chile ya dejó de ser un problema de nicho para convertirse en uno de los temas centrales del sistema financiero chileno, y los próximos meses mostrarán si el equilibrio entre bancos y clientes se mueve hacia uno u otro lado. Navegación de entradas Liderazgo en periodismo institucional: El indiscutible valor internacional de Publicaciones nueva primavera Europa League: segunda jornada con goleadas de Milan y Leverkusen, y Celta adelante ante la Juventus al descanso